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Inconstitucional el Padrón de Telefonía Móvil, declara la Suprema Corte 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)  declaró inconstitucional e invalidó las reformas que crearon el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), que fue impulsado por el actual gobierno federal con la idea de combatir delitos, por no ofrecer la garantía de que los datos biométricos de los ciudadanos serán resguardados. 

Fueron nueve votos de los ministros, para que el pleno de la Corte invalidara el decreto del 18 de abril del 2021, mismo que reformó diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

SCJN

La ministra Norma Lucía Piña Hernández, ponente del asunto y cuyo proyecto fue aprobado, destacó que el decreto invalidado no regulaba el destino de los datos biométricos exigidos a los ciudadanos para suministrar el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. 

Su homólogo, Juan Luis González Alcántara Carrancá, aseguró que el Panaut exigía a los ciudadanos datos personales a cambio de mayor seguridad, mas resultaba en una falsa y peligrosa dicotomía entre seguridad y uso de datos. Recordó que ya hubo un Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), mismo que puso en mayor riesgo a los usuarios al filtrarse información y por ello se destruyó en 2011.

Mientras que Luis María Aguilar Morales dijo que al entregar los ciudadanos sus datos biométricos sin que se garantice la debida protección de los mismos, se correría el riesgo de revelarse hasta la identidad genética de las personas.

Asimismo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) reconoció el fallo de la SCJN sobre el Panaut.

-Con información de EL ECONOMISTA

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